Plan Estratégico de Gobierno Electrónico (PEGE)

EL PLAN ESTRATÉGICO DE GOBIERNO ELECTRÓNICO (PEGE)

De la Municipalidad Distrital de Chavin de Huantar es un Documento de Gestión formulado para el mediano plazo, en el que se consigna la direccionalidad que la MDCHH, ha establecido para el desarrollo de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones en los próximos tres (03) años, es decir en el periodo 2020-2022 Dicho Plan Estratégico de Gobierno Electrónico, está alineado al Plan Estratégico Institucional-PEI; del mismo modo, el Plan Operativo Informático-POI y el Plan de Trabajo Institucional–PTI, se encuentran alineados a este PEGE en cuanto a TICs se refiere.

MARCO INSTITUCIONAL

De acuerdo al marco legal del presente Plan Estratégico Gobierno Electrónico de la Municipalidad Distrital de Chavin de Huantar, y en conformidad al art. 194 de la Constitución Política del Perú, Esta Municipalidad es un órgano de Gobierno Local, que tiene autonomía política, económica y administrativa en todas sus funciones y asuntos de su competencia. Asimismo, en cumplimiento al artículo Nº 26 de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades en que se establece que la administración municipal debe tener una estructura gerencial sustentándose en principios de programación, dirección, ejecución, supervisión, control concurrente y posterior que son principios establecidos en el contenido de la ley Nº27444, basados en el sentido de moral y ético que son base para toda ciudadanía.

La Municipalidad Distrital de Chavin de Huantar, estima que, en el ámbito del Plan Estratégico, afrontar este problema será un trabajo paralelo al presente Plan, ya que se realizan capacitaciones al Personal integrante de esta Municipalidad, en diferentes temas acordes a sus actividades, y sobre todo en TICs, de acuerdo a cronogramas y a las políticas de las Unidades de esta municipalidad. Se adjunta anexo “Cronograma de Capacitaciones del Personal de la Municipalidad Distrital de Chavin de Huantar”.

MARCO LEGAL

El Marco legal del presente Plan estratégico se encuentra refrendado por las siguientes normas:

  1. La Constitución Política del Estado Peruano, art. 2, inc. 5 y 6; y art. 200, inciso 5.
  2. Ley 27972: Ley Orgánica De Municipalidades.
  3. Ley Nº26301, Ley referida a la Acción Constitucional de Habeas Data.
  4. Ley 27291, ley que permite el uso de medios electrónicos para la manifestación de voluntad y La utilización de la firma electrónica.
  5. Ley 27269, ley de firmas y certificados digitales y reglamento, que otorga la misma validez y eficacia jurídica, uso de rubrica manuscrita que otra análoga conlleve manifestación de voluntad.